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simulacro en cdmx

Normativa de simulacros en la CDMX

Ciudad de México, a 8 de marzo de 2024.

El pasado 5 de marzo de 2024 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, un acuerdo de la SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL, mediante el cual da a conocer LA NORMA TÉCNICA NT-SGIRPC-NTS-001-2024.- SIMULACROS EN LA CDMX EN ESTABLECIMIENTOS MERCANTILES, INDUSTRIAS E INMUEBLES.

La Ciudad de México por su ubicación geográfica, su densidad población e infraestructura, es amenazada constantemente por diversos fenómenos naturales y antropogénicos, mismos que han ocasionado pérdidas de vidas humanas, económicas y sociales, generan una desestabilidad en la sociedad que habita la Ciudad de México.

Como acciones de preparación y prevención, la SECRETARÍA DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL emitió diversas disposiciones para el entrenamiento y adiestramiento de grupos especializados, brigadas internas de Protección Civil mediante Simulacros planeados con el propósito de probar la eficiencia de los protocolos de actuación ante los diversos fenómenos naturales.

El objetivo es establecer los parámetros para la planeación, preparación, ejecución y evaluación de simulacros en materia integral de Riesgos y Protección Civil para los Establecimientos Mercantiles y demás industrias e inmuebles que requieran contar con un Programa Interno de Protección Civil en la Ciudad de México.

LA NORMA TÉCNICA NT-SGIRPC-NTS-001-2024, referida es de observancia obligatoria para Representantes Legales, Administradores, Arrendatarios, Propietarios o Poseedores de Establecimientos Mercantiles, que por sí, o por medio de un Responsable Oficial de Protección Civil con registro y autorización de la Secretaría elaboren los Programas Internos de Protección Civil.

Dentro de la Norma Técnica se establecen diversas disposiciones preventivas y reglamentadas mediante signos de: ALARMA, ALERTA, AVISOS, BRIGADAS, BRIGADISTAS DE PROTECCIÓN CIVIL, CAPACITACIÓN, EVACUACIÓN, GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA, todo a través de un Programa Interno de Protección Civil, que es el Instrumento de Planeación con la finalidad de determinar las acciones de prevención, auxilio y recuperación destinadas a salvaguardar la integridad física de las personas que habitan, laboran o concurren a un Establecimiento Mercantil.

Deberá existir un Responsable Oficial de Protección Civil a través de la persona física Auxiliar de la Administración, con autorización y Registro otorgado por la Secretaría, con la atribución de todas aquellas actividades vinculadas con su Responsiva (Peritos de Protección Civil).

Dentro de la Norma Técnica se establecen los tipos de simulacro y las obligaciones que deben cumplir los Establecimientos Mercantiles según su grado de riesgo determinado en el cuestionario clasificatorio a través del Programa Interno de Protección Civil. Así también las obligaciones y responsabilidades del Representante Legal, Administrador, Propietario, etc., dentro de las etapas de planeación, preparación, ejecución y evaluación de los simulacros.

Tratándose de Establecimientos Mercantiles clasificados como mediano y alto riesgo, el Representante Legal o Administrador suscribirá conjuntamente con el Responsable Oficial de Protección Civil (ROPC) un Acta de Planeación a través de un Escrito Libre, de manera autógrafa y Bajo Protesta de Decir Verdad, comprendiendo lo siguiente: Fecha y hora de ejecución. Nombre de las personas encargadas en la estructura organizativa del simulacro. Objeto del simulacro y su planeación. Descripción de la hipótesis determinando el tipo de fenómeno del que se trate. Enlace del simulacro, parcial o total. Escenario de emergencia. Tipo de simulacro, El guión general. Acciones de comunicación y de seguridad, entre otros requisitos.

Son estas las regulaciones más importantes establecidas en la NORMA TÉCNICA NT-SGIRPC-NTS-001-2024. SIMULACROS, sin embargo, contiene otras disposiciones también de importancia, pero que al ser muy extensas, su conocimiento se les suministra a través del link para su consulta, mismo que se integra a este comunicado y que es precisamente la publicación de la Norma referida en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

https://data.consejeria.cdmx.gob.mx/portal_old/uploads/gacetas/f84fc47529009234a325881214be3043.pdf

Para cualquier duda sobre el particular, quedamos a su disposición en TREJO RODRIGUEZ ABOGADOS.

-Fernando Trejo Rodríguez
ftrejo@trabogados.com

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fth@trabogados.com

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