Volver al Inicio

fonacot

FONACOT: Aprobada la reforma al artículo 994 en la Ley Federal del Trabajo

Ciudad de México, a 5 de abril de 2024.

El día 4 de abril de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la reforma al artículo 994 fracción III de la Ley Federal del Trabajo, en la que quedó adicionada como causal de infracción pecuniaria a los patrones el incumplimiento de la obligación dispuesta en la fracción XXVI Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo. FONACOT

La fracción XXVI Bis. del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo impone como obligación de los patrones, el afiliar al centro de trabajo ante el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (FONACOT o INFONACOT).

Por tanto, queda establecida como una obligación a cargo de los patrones la afiliación del centro de trabajo ante el FONACOT, cuyo incumplimiento daría cause a la imposición de una multa dentro del rango de 50 a 1500 UMAS, en caso de que se lleve a cabo una visita de verificación por parte de la Secretaría del Trabajo.

 

Para cualquier duda sobre el particular, quedamos a su disposición en TREJO RODRIGUEZ ABOGADOS.

-Fernando Trejo Rodríguez
ftrejo@trabogados.com
-M. Fernando Trejo Huerta
fth@trabogados.com

Firma mexicana con más de 35 años de experiencia, especializada en asesorar en materia laboral y compliance a empresas y corporaciones, nacionales y transnacionales, con valores basados en la ética y calidad profesional.

Sitio desarrollado por Marketics