Ley Silla México: Sanciones desde Dic. 2025
Es importante inicien el análisis sobre la aplicación de la Ley Silla, que está vigente y que será sancionable a partir del 15 de diciembre de 2025 para todos aquellos patrones que incumplan sus normas.
Los puntos fundamentes a analizar serían los siguientes:
- Lugar de colocación de las sillas. –Para que los trabajadores descansen durante su jornada de trabajo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en las reglas publicadas indica principios para que los Centros de Trabajo determinen el sitio de colocación de las sillas, sin embargo, no todos los trabajadores tendrán acceso a la silla en la misma forma, pues dependerá del tipo de actividad que realicen.
- El espacio donde se realice la actividad. – Debe analizarse si existe o no espacio suficiente para colocar una silla de manera que no interfiera con las funciones encomendadas.
- Cercanía al lugar de trabajo. – Estudiar si los empleados pueden realizar su trabajo sentados, o bien, si se cuenta con espacio suficiente para colocar las sillas, recomendándose estén cercanos a su área de actividad.
- Lugar determinado en el centro de trabajo. – Deben señalarse las áreas específicas para la colocación de las sillas cuando las actividades no les permita estar sentados o que puedan tener un asiento.
Determinar conjuntamente tanto el número de sillas como su tipo cuando las actividades se realicen de pie en jornada continua, así como el tiempo de descanso por cada trabajador dentro de su jornada.
Es importante que todos esos acuerdos se lleven al Reglamento Interior de Trabajo y se analicen conjuntamente con el Representante del Sindicato que aplique en la fuente de trabajo, y que dicho Reglamento se registre ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral de la Ciudad de México, pues definitivamente por las incongruencias en los puntos señalados y al no ser los lineamientos publicados lo suficientemente claros, en caso de una Inspección, existirán discrepancias entre los Inspectores y la Empresa que ocasionará sanciones, y la manera de defenderlas es llevarlas precisamente al Reglamento Interior de Trabajo.
Para cualquier duda sobre el particular, quedamos a su disposición en TREJO RODRIGUEZ ABOGADOS.
Fernando Trejo Rodríguez
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M. Fernando Trejo Huerta
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