Reducción Jornada Laboral 40 horas México

Proyecto de Reducción de Jornada Laboral a 40 Horas Semanales en México (2027-2030)

El Gobierno de México por conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó al Congreso de
la Unión el pasado miércoles 3 de diciembre de 2025 el Proyecto para la Reducción de la Jornada Laboral de
40 horas semanales.

Conforme al Proyecto la Reducción de la Jornada Laboral de 48 a 40 horas semanales, iniciará la Fase de Discusión Legislativa en las Cámaras y será a partir del año 2027 cuando empiece la disminución, dos horas por año para que en el 2030 todas las empresas tengan implementada la Jornada Laboral de 40 horas semanales, con dos días de descanso.

Que el Proyecto contempla criterios específicos sobre el uso de horas extras como otro de los puntos que más preocupación e inquietud ha generado entre Empleadores y Legisladores.

Que las horas extraordinarias sean voluntarias, quedando sujetas a la decisión del trabajador y con un límite de hasta 12 horas extraordinarias semanales, bajo nuevas reglas.

  • No podrán rebasar 4 horas diarias ni realizarse por más de 4 días a la semana.
  • El pago de cada hora extra será al doble del salario correspondiente a la hora ordinaria.
  • Las personas menores de edad no podrán realizar horas extraordinarias bajo ninguna circunstancia.

Las empresas deberán llevar registros detallados de las horas ordinarias y extraordinarias realizadas, con el fin de permitir verificación laboral y evitar abusos. Aplicación gradual: de 48 a 40 horas en cinco años, la reducción será escalonada:

  • 2026: entrada en vigor y periodo de transición.
  • 2027: 46 horas.
  • 2028: 44 horas.
  • 2029: 42 horas.
  • 2030: Consolidación plena de la jornada de 40 horas.

La modificación no implicará reducción de salarios, sueldos ni prestaciones, y se prevé la prohibición del trabajo extra para menores de edad, y un límite de cuatro horas triples por semana.

Se ordena la implementación de un registro electrónico de jornada laboral, que permitirá a las autoridades supervisar el cumplimiento de los nuevos límites.

Para cualquier duda sobre el particular, quedamos a su disposición en TREJO RODRÍGUEZ ABOGADOS.

Fernando Trejo Rodríguez
ftrejo@trabogados.com
M. Fernando Trejo Huerta
fth@trabogados.com

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